El Tribunal de Justicia de la Unión Europea avala que los consumidores afectados por cláusulas suelo abusivas puedan reclamar la devolución íntegra de las cantidades que pagaron de más, incluso si en su día solo se les devolvió una parte como señalaba entonces la doctrina del Tribunal Supremo español. En cuatro sentencias conocidas el martes 17 de mayo, la Gran Sala del tribunal de Luxemburgo, que reúne a 15 de sus 27 magistrados, ha determinado que “las disposiciones procesales nacionales deben respetar el principio de efectividad” que la justicia comunitaria otorga a su directiva de protección de los consumidores, según la nota remitida a los medios por el TJUE.

 

Nueva sentencia TJUE, GASTOS DE HIPOTECA

El origen del embrollo en España se encuentra en la sentencia que el Tribunal Supremo dictó el 9 de mayo de 2013. En la misma, se reconocía la abusividad de algunas cláusulas suelo, pero el tribunal limitó la restitución de las cantidades a partir del momento en que salió esa sentencia. Es decir, quienes reclamaron entonces solo obtenían la devolución de lo que habían pagado de más desde mayo de 2013.

Esto se traduce en una nueva victoria para los consumidores en Europa, que podrán exigir el reembolso de la totalidad de las cantidades pagadas de más por las cláusulas abusivas (entre las que se enmarcan las suelo) y desde el inicio de la misma, es decir, sin restricción temporal. La Justicia europea también dictaminó este martes la posibilidad de exigir la restitución de los importes considerados abusivos en caso de que una hipoteca ya haya sido ejecutada e incluso con el inmueble ya vendido. Además, Europa da un portazo a la «cosa juzgada» si esta daña el interés del consumidor. Es decir, a pesar de tener una sentencia firme, el consumidor podrá seguir pleiteando por recuperar las cantidades no reclamadas en su momento.

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