Pablo Morán Abogados

ABOGADO DELITOS DE HOMICIDIO O ASESINATO MADRID

El asesinato es un delito autónomo del homicidio y conlleva una pena mayor. Comete un asesinato quien mata una persona, pero además lo hace:


  • Con alevosía: hay alevosía cuando el culpable comete el delito empleando medios, modos o formas que tienden especialmente a asegurarla, sin el riesgo para su persona que pudiera proceder de la defensa de la víctima. Por ejemplo: es alevosía el ataque por la espalda, o atacar a alguien cuando está dormido, o drogarlo para que quede inconsciente.
  • Por precio, recompensa o promesa: el objetivo de matar a otro es un puro interés material. Se requiere la presencia de dos personas: el que ofrece el pago y el que ejecuta el hecho. La pena se aplica tanto al sicario como al hace la propuesta.
  • Con ensañamiento: supone aumentar deliberadamente e inhumanamente el dolor del ofendido, ya sea un sufrimiento físico o psíquico. El ensañamiento se excluye si las acciones se llevan a cabo sobre un cadáver o persona inconsciente.
  • Para facilitar la comisión de otro delito, o para evitar que se descubra la comisión de otro delito.
HOMICIDIOS ASESINATOS abogados


El homicidio es un delito que consiste en acabar con la vida de otra persona sin que exista premeditación u otra circunstancia agravante. El delito de homicidio es descrito por el Código Penal como el delito consistente en matar o causar la muerte de otro, definición que corresponde tanto al homicidio doloso, como el imprudente.

El homicidio se regula en el artículo 138 y ss. del Código Penal, siendo el artículo 142 el encargado de definir el homicidio imprudente grave.

«1. El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años.

2. Los hechos serán castigados con la pena superior en grado en los siguientes casos:

a) cuando concurra en su comisión alguna de las circunstancias del apartado 1 del artículo 140, o

b) cuando los hechos sean además constitutivos de un delito de atentado del artículo 550″. (Art. 138 CP)

El delito de homicidio es descrito por el código penal como el delito consistente en matar o causar la muerte de otro, definición que corresponde tanto al homicidio doloso, como el imprudente. Para que se produzca el homicidio será necesario acabar con la vida de otra persona, en contra de su voluntad.

La TENTATIVA de homicidio es un delito que consiste en intentar acabar con la vida de otra persona sin que exista premeditación u otra circunstancia agravante. El delito de homicidio es descrito por el Código Penal como el delito consistente en matar o causar la muerte de otro, definición que corresponde tanto al homicidio doloso, como el imprudente.

El homicidio se regula en el artículo 138 y ss. del Código Penal, siendo el artículo 142 el encargado de definir el homicidio imprudente grave.

«1. El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años.

2. Los hechos serán castigados con la pena superior en grado en los siguientes casos:

a) cuando concurra en su comisión alguna de las circunstancias del apartado 1 del artículo 140, o

b) cuando los hechos sean además constitutivos de un delito de atentado del artículo 550″. (Art. 138 CP)

El delito de homicidio es descrito por el código penal como el delito consistente en matar o causar la muerte de otro, definición que corresponde tanto al homicidio doloso, como el imprudente. Para que se produzca el homicidio será necesario acabar con la vida de otra persona, en contra de su voluntad.

¡No esperes más y ponte en contacto con nosotros!

Consiga ayuda de nuestros abogados sin compromiso

Abrir Whatsapp
Obtenga Ayuda Ahora
Hola,
¿En qué podemos ayudarle?