Te llega una multa de tráfico y el reloj empieza a correr. Entender tus opciones desde el primer momento evita perder derechos.
Tus tres opciones
- Pagar con reducción del 50 % en los 20 días naturales siguientes a la notificación. El pago supone renunciar a las alegaciones y termina el procedimiento, aunque sigue abierta la vía contencioso-administrativa.
- Presentar alegaciones dentro de esos 20 días naturales, con las pruebas y los motivos de defensa.
- Identificar al conductor si no conducías tú: omitirlo cuando se te requiere es una infracción muy grave.
Motivos habituales de alegaciones
- Errores o defectos en la denuncia (datos del vehículo, lugar, hora, hechos).
- Radares sin homologación o verificación vigente, o sin descontar el margen de error.
- Prescripción o caducidad del procedimiento por tardanza de la Administración.
- Señalización deficiente o circunstancias que impedían cumplir.
Si no estás de acuerdo con la resolución
Tras las alegaciones llegará la resolución sancionadora. Puedes interponer recurso de reposición (un mes) o acudir directamente al recurso contencioso-administrativo (dos meses) ante el juzgado. Son plazos estrictos.
¿Compensa recurrir?
Depende de la cuantía, de los puntos en juego y de tu situación profesional. Si hay pérdida de puntos o riesgo para tu permiso, suele compensar defenderse (cómo recuperar puntos del carné).
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no hago nada?
Pasado el plazo, la multa se convierte en firme, pierdes el descuento y la deuda puede reclamarse por vía de apremio con recargos y embargo.
¿Cuándo prescribe una multa de tráfico?
Existen plazos de prescripción y de caducidad del procedimiento. Si la Administración se excede, la sanción puede anularse. Consúltanos con la fecha de los hechos y de la notificación.
Te ayudamos con tu multa
En Pablo Morán Abogados revisamos tu denuncia y preparamos las alegaciones o el recurso. Llámanos al 687 96 07 03 o consulta nuestra página de abogado de multas de tráfico y pérdida de puntos en Madrid.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso debe analizarse de forma individual.
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