Pablo Morán Abogados

ABOGADO DE LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD EN MADRID

Cancela tus deudas si eres persona física, autónomo o empresario

Si no puedes hacer frente a tus deudas, la Ley de Segunda Oportunidad permite a las personas físicas —consumidores, autónomos y empresarios— cancelar legalmente las deudas que no pueden pagar y empezar de nuevo. En Pablo Morán Abogados, despacho en el centro de Madrid, analizamos tu situación con total confidencialidad, te decimos si cumples los requisitos y tramitamos la exoneración de tus deudas.

Hucha de cerámica junto a unas monedas: abogado para cancelar deudas con la Ley de Segunda Oportunidad en Madrid

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

Es el mecanismo del Texto Refundido de la Ley Concursal (reformado en 2022) que permite a una persona física —consumidor, autónomo o empresario— en situación de insolvencia obtener la exoneración del pasivo insatisfecho: es decir, que se cancelen las deudas que no puede pagar, para empezar de nuevo.

¿Quién puede acogerse?

  • Personas físicas en insolvencia actual o inminente: no pueden o no podrán pagar regularmente sus obligaciones.
  • Deudores de buena fe: no haber sido condenados recientemente por determinados delitos económicos, no haber ocultado bienes ni agravado dolosamente su situación, y colaborar con el procedimiento.
  • Que no hayan obtenido otra exoneración en un período reciente.

Dos vías para exonerar las deudas

  • Liquidación de bienes: se venden los bienes embargables y, tras el reparto entre acreedores, se exoneran las deudas pendientes.
  • Plan de pagos: el deudor paga una parte durante un período fijado (de tres a cinco años según las circunstancias) y, cumplido el plan, se exoneran las deudas restantes.

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Deudas que no se cancelan o se cancelan con límites

Hay créditos excluidos o con régimen especial, como las deudas por alimentos, las derivadas de responsabilidad por delito o las multas y sanciones. Las deudas con la Hacienda pública y la Seguridad Social solo se exoneran hasta ciertos límites. Cada caso exige un estudio detallado de qué deudas pueden cancelarse.

Cómo te ayudamos

  1. Estudio de viabilidad: analizamos tus deudas, ingresos y bienes y si cumples los requisitos.
  2. Preparación de la solicitud con la documentación necesaria y elección de la vía más favorable.
  3. Tramitación y defensa ante el juzgado, con la negociación con acreedores cuando procede.

Preguntas frecuentes

¿Puedo conservar mi vivienda?

Depende de las garantías que la graven, de si hay un plan de pagos y de las circunstancias de cada caso. Lo estudiamos antes de elegir la vía.

¿Sirve para autónomos con deudas del negocio?

Sí. Los autónomos y empresarios personas físicas pueden acogerse, también por las deudas contraídas en su actividad, con las limitaciones propias de cada tipo de crédito.

¿Cuánto tarda el procedimiento?

Varía según el juzgado, el número de acreedores y la vía elegida. Te damos una estimación realista en la primera consulta.

¿Atendéis solo en Madrid?

Nuestro despacho está en el centro de Madrid (calle Modesto Lafuente), pero llevamos estos asuntos en toda España.

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Información orientativa: la normativa y la jurisprudencia cambian y cada caso debe analizarse individualmente.

CÓMO PUEDE AYUDARTE

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