ABOGADO PARA RECLAMAR SALARIOS Y FINIQUITO EN MADRID
Recupera nóminas impagadas, horas extra, vacaciones y la liquidación que te deben
Si tu empresa te debe nóminas, horas extra, pagas extra o el finiquito, puedes reclamarlo, y tienes un plazo para hacerlo. En Pablo Morán Abogados, despacho en el centro de Madrid, calculamos lo que realmente te corresponde según tu contrato y tu convenio colectivo, reclamamos primero de forma amistosa y, si es necesario, presentamos la demanda ante el Juzgado de lo Social.
¿Qué incluye el finiquito?
El finiquito (o liquidación de haberes) es el documento que cierra la relación laboral y recoge lo que la empresa te debe a la fecha de la baja. Normalmente incluye:
- Los salarios pendientes del último mes (o meses) trabajados.
- La parte proporcional de las pagas extraordinarias devengadas y no cobradas.
- Las vacaciones devengadas y no disfrutadas.
- Si procede, la indemnización por despido, fin de un contrato temporal u otra causa. No es lo mismo que el finiquito: se calcula aparte.
Antes de firmar, revisa que figuren todos los conceptos y cantidades. Si no estás de acuerdo, firma indicando «no conforme»: firmar un finiquito sin reservas puede dificultar reclamar después lo que allí se incluía.
Qué más puedes reclamar a la empresa
- Nóminas impagadas o abonadas con retraso.
- Horas extraordinarias no pagadas ni compensadas. La empresa está obligada a llevar un registro diario de jornada, que sirve como prueba.
- Diferencias salariales por categoría profesional, antigüedad, pluses o un convenio colectivo mal aplicado.
- Intereses por mora: las cantidades salariales adeudadas devengan un interés del 10 % anual por mora en el pago.
Plazo para reclamar
Las reclamaciones de salarios y de otras cantidades prescriben al año desde que podían exigirse (artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores). Si el contrato ha terminado, el año se cuenta desde la extinción. Para impugnar un despido, en cambio, solo dispones de 20 días hábiles, así que no conviene mezclar plazos: si te han despedido, actúa cuanto antes.
Cómo reclamamos
- Cálculo de la deuda con tu contrato, tus nóminas, el convenio y el registro de jornada.
- Requerimiento a la empresa y, cuando procede, intento de acuerdo.
- Conciliación previa y, si no hay acuerdo, demanda de reclamación de cantidad ante el Juzgado de lo Social.
- Ejecución de la sentencia si la empresa no paga, con embargo de bienes y cuentas.
Si la empresa no tiene dinero: el FOGASA
Cuando la empresa es insolvente, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) puede abonar parte de los salarios adeudados y de las indemnizaciones reconocidas, dentro de los límites legales. Te ayudamos a tramitarlo.
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar si ya he firmado el finiquito?
Depende de lo que firmaste y de cómo lo firmaste. Si el finiquito es claro y no hay vicio del consentimiento, puede tener efecto liberatorio sobre lo que incluye, pero no sobre lo que no menciona ni sobre derechos irrenunciables. Revisamos el documento y te decimos qué opciones tienes.
¿Hace falta conciliación previa?
Con carácter general, sí: hay que intentar la conciliación antes de presentar la demanda, salvo excepciones. La presentación de la solicitud suspende los plazos.
¿Necesito procurador para reclamar en el Juzgado de lo Social?
No. En el orden social no es obligatorio procurador y, en primera instancia, no suele haber condena en costas salvo temeridad o mala fe. En la primera consulta te explicamos las condiciones de nuestra intervención, sin compromiso.
¿Atendéis solo en Madrid?
Nuestro despacho está en el centro de Madrid (calle Modesto Lafuente), pero llevamos reclamaciones laborales en toda España.
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Información orientativa: la normativa y la jurisprudencia cambian y cada caso debe analizarse individualmente.