ABOGADO DE RECLAMACIÓN DE DEUDAS E IMPAGOS EN MADRID
Burofax, monitorio, juicio y embargo para cobrar lo que te deben
Una factura sin pagar, un préstamo entre particulares que no se devuelve, un alquiler impagado o un servicio que nadie abona: reclamar una deuda exige método, buena prueba y conocer los plazos. En Pablo Morán Abogados, despacho en el centro de Madrid, estudiamos tu documentación, te decimos con claridad qué posibilidades hay de cobrar y elegimos la vía más rápida y menos costosa: reclamación amistosa, procedimiento monitorio, juicio y, si hace falta, ejecución y embargo.
Cómo reclamamos una deuda, paso a paso
- Análisis de la documentación: contrato, facturas, albaranes, mensajes, justificantes de pago. Comprobamos que la deuda es líquida, vencida y exigible.
- Requerimiento previo: un burofax con la cantidad, el plazo y las consecuencias de no pagar. Además de presionar al deudor, deja constancia del intento de negociación que la ley exige antes de demandar en muchos casos (MASC).
- Procedimiento judicial: si no hay pago, presentamos el procedimiento monitorio (rápido, para deudas dinerarias documentadas) o la demanda que corresponda según la cuantía y la prueba.
- Ejecución y embargo: con la sentencia o el título ejecutivo, solicitamos el embargo de cuentas, sueldos, bienes y derechos del deudor (qué se puede embargar).
Deudas que reclamamos
- Facturas impagadas de autónomos y empresas.
- Préstamos entre particulares y reconocimientos de deuda.
- Rentas de alquiler y daños en viviendas o locales (desahucio por impago).
- Cuotas de comunidad de propietarios (cuotas de vecinos morosos).
- Incumplimientos de contratos y deudas por servicios o suministros.
Plazos: no dejes que la deuda prescriba
Con carácter general, las acciones personales sin plazo especial prescriben a los 5 años. Hay plazos más cortos en algunos supuestos, como los cheques (6 meses) o las letras de cambio y pagarés (3 años). Una reclamación extrajudicial del acreedor, como un burofax, interrumpe el plazo de prescripción y lo reinicia. Un reconocimiento de la deuda por parte del deudor también.
Qué conviene tener a mano
- El contrato o el documento donde nace la deuda.
- Facturas, albaranes y justificantes de entrega o de la prestación del servicio.
- Comunicaciones con el deudor: correos, mensajes y burofaxes.
- Datos de localización del deudor y, si los conoces, de sus bienes.
¿Compensa reclamar?
Antes de empezar valoramos la cuantía, la solvencia del deudor y la solidez de la prueba. A veces conviene negociar un acuerdo de pago; otras, ir directamente a la vía judicial. Si el deudor es insolvente, te explicamos las alternativas. Y si eres tú quien tiene deudas y no puedes pagarlas, estudiamos el mecanismo de segunda oportunidad.
Información orientativa: la normativa y la jurisprudencia cambian y cada caso debe analizarse individualmente.
FASES DE UNA RECLAMACIÓN DE DEUDA
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