Cuando un matrimonio se divorcia, la sociedad de gananciales se disuelve y hay que repartir los bienes y las deudas. En el derecho civil común, que se aplica en Madrid, el régimen económico supletorio es el de gananciales, salvo que se hayan pactado capitulaciones matrimoniales.
Bienes gananciales y privativos
- Gananciales: los obtenidos durante el matrimonio por el trabajo de cualquiera de los cónyuges, los frutos de los bienes comunes y privativos y los adquiridos a costa del caudal común.
- Privativos: los que cada cónyuge tenía antes del matrimonio y los adquiridos después por herencia o donación.
Hay situaciones intermedias (aportaciones a un bien, hipotecas pagadas con dinero común) que exigen cálculos de reembolso entre las dos masas.
Cómo se hace la liquidación
- Inventario: relación de los bienes y deudas comunes, con su valor.
- Liquidación: pago de deudas, reintegros y reembolsos entre patrimonios.
- Reparto: el remanente se divide por mitad entre los cónyuges, o se adjudica por lotes o con compensaciones en dinero.
Puede hacerse en el propio convenio regulador de un divorcio de mutuo acuerdo o, si no hay acuerdo, mediante un procedimiento específico ante el juzgado.
La vivienda familiar con hipoteca
Una de las cuestiones más delicadas. Las opciones habituales son vender y repartir el precio, adjudicar la vivienda a uno de los cónyuges compensando al otro, o mantener la copropiedad temporalmente. El uso de la vivienda es independiente de la propiedad: puede atribuirse al progenitor con quien convivan los hijos. Con la hipoteca, hay que tener en cuenta que el banco no queda vinculado por el acuerdo entre los cónyuges.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio liquidar los gananciales en el divorcio?
No es obligatorio hacerlo a la vez, pero conviene resolverlo cuanto antes para evitar conflictos futuros, impagos de deudas comunes o dificultades para vender.
¿Cuánto cuesta la liquidación?
Depende de los bienes y de si hay acuerdo. Además de honorarios, pueden devengarse gastos notariales, registrales e impuestos. Te lo calculamos tras estudiar tu caso.
Reparte tus bienes con garantías
En Pablo Morán Abogados elaboramos el inventario y negociamos o litigamos la liquidación de la sociedad de gananciales. Llámanos al 687 96 07 03 o consulta nuestra página de abogado experto en derecho de familia en Madrid.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso debe analizarse de forma individual.
¿Necesitas ayuda profesional? Consulta nuestro servicio de abogado experto en derecho de familia en Madrid y pide tu primera consulta sin compromiso.



