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Ropa de bebé de papel en una cuerda: requisitos de la custodia compartida en Madrid

Custodia compartida: qué es y cuándo la conceden los jueces

Uno de los puntos que más preocupan en un divorcio con hijos es la custodia. Cada vez más padres preguntan por la custodia compartida: qué implica realmente y cuándo la conceden los jueces.

¿Qué es la custodia compartida?

Es el régimen en el que ambos progenitores conviven con los hijos por periodos alternos (semanas, quincenas u otro reparto), y ambos participan de forma equilibrada en su cuidado y en las decisiones importantes. Se diferencia de la custodia monoparental, en la que los hijos residen con un progenitor y el otro tiene un régimen de visitas.

¿Cuándo la conceden los tribunales?

La ley no impone la custodia compartida como preferente ni excluye la monoparental: el criterio guía es siempre el interés superior del menor. Los tribunales valoran, entre otros factores:

  • La disponibilidad y cercanía de las viviendas de ambos progenitores (para no alterar colegio y entorno del menor).
  • La capacidad de ambos padres para colaborar y comunicarse en beneficio de los hijos.
  • La edad de los menores y su propia opinión, si tienen madurez suficiente.
  • La disponibilidad horaria y laboral de cada progenitor.

¿Se puede pedir de mutuo acuerdo o de forma contenciosa?

Sí a ambas. Si los progenitores están de acuerdo, se recoge en el convenio regulador. Si no hay acuerdo, se solicita en la demanda y decide el juez con el apoyo, normalmente, de un informe psicosocial del equipo técnico judicial.

¿Y la pensión de alimentos?

La custodia compartida no elimina automáticamente la pensión de alimentos: si hay diferencia significativa de ingresos entre los progenitores, puede seguir existiendo una pensión a cargo del que más gana, para mantener el equilibrio en el nivel de vida de los hijos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir cambiar de monoparental a compartida más adelante?

Sí, si cambian las circunstancias (por ejemplo, mejora la disponibilidad de un progenitor) se puede solicitar una modificación de medidas.

¿Influye lo que quiera el menor?

Se tiene en cuenta, especialmente a partir de cierta edad y madurez, pero no es el único factor decisivo.

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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso debe analizarse de forma individual.

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