Si te han citado a un «juicio por delito leve», no se trata del antiguo juicio de faltas con otro nombre: es un procedimiento rápido y sencillo, pero puede acabar en una condena con consecuencias. Estas son las claves.
Qué delitos leves son los más frecuentes
- Hurto de hasta 400 euros (hurto, robo y estafa), con citación inmediata cuando el hurto es flagrante.
- Lesiones leves y maltrato de obra.
- Amenazas, coacciones e injurias leves.
- Daños de poca cuantía y otros delitos castigados con penas leves.
Cómo empieza
Cuando la Policía Judicial tiene noticia de un hecho con los caracteres de delito leve de lesiones o maltrato de obra, hurto flagrante, amenazas, coacciones o injurias, procede de forma inmediata a citar ante el juzgado de guardia a los ofendidos y perjudicados, al denunciante, al denunciado y a los testigos (artículo 962 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). En la citación se apercibe de las consecuencias de no comparecer, de que el juicio puede celebrarse de forma inmediata incluso sin ellos y de que deben acudir con los medios de prueba de que quieran valerse. Al denunciado se le informa por escrito de los hechos y de su derecho a comparecer asistido de abogado. En otros casos, el procedimiento se inicia tras una denuncia presentada en el juzgado.
¿Necesito abogado y procurador?
En las citaciones se informa de que se puede acudir asistido de abogado, pero en general no es obligatorio. La excepción es cuando el delito leve lleva aparejada una pena de multa cuyo límite máximo sea de al menos seis meses: entonces se aplican las reglas generales de defensa y representación (artículo 967).
El juicio
- Comparecencia en el juzgado el día y la hora señalados.
- Declaraciones del denunciante y del denunciado, y de los testigos.
- Pruebas: documentos, fotos, grabaciones, partes médicos, peritos si es necesario.
- Sentencia, normalmente oral o muy poco después.
Las penas leves son, por ejemplo, multas de hasta tres meses, localización permanente o trabajos en beneficio de la comunidad, según el delito. Si no se paga la multa, puede imponerse una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas, que en los delitos leves puede cumplirse mediante localización permanente o, con la conformidad del penado, mediante trabajos en beneficio de la comunidad (artículo 53 del Código Penal).
Recursos
La sentencia es apelable en el plazo de cinco días siguientes a su notificación (artículo 976). Conviene decidir con rapidez y valorar con un abogado si merece la pena.
Prescripción y perdón del ofendido
Los delitos leves prescriben al año (prescripción de los delitos). En los delitos leves perseguibles a instancia de la persona agraviada, el perdón expreso de la persona ofendida, otorgado antes de que se dicte sentencia, extingue la responsabilidad criminal (artículo 130.1.5.º del Código Penal).
Consejos prácticos
- Acude siempre a la cita: si no comparecen ni alegan justa causa, las partes, los testigos y los peritos pueden ser sancionados con una multa de 200 a 2.000 euros, y el juicio puede celebrarse sin ti.
- Lleva documentos y testigos, no solo tu versión.
- No firmes ni declares nada sin entenderlo; puedes pedir hablar con un abogado.
- Si has sido víctima, guarda las pruebas y denuncia cuanto antes (cómo denunciar).
Preguntas frecuentes
¿Puedo ir sin abogado?
Sí, en general. Pero si hay una condena posible con efectos laborales, administrativos o de antecedentes, merece la pena la asistencia de un abogado.
¿Un delito leve genera antecedentes penales?
Una condena puede dar lugar a antecedentes, que se cancelan con el tiempo: seis meses para las penas leves, si no se vuelve a delinquir (artículo 136 del Código Penal; cancelación de antecedentes).
¿Qué pasa si no pago la multa?
Puede dar lugar a responsabilidad personal subsidiaria, así que conviene pedir un fraccionamiento si no puedes pagar de golpe.
Te asistimos en tu juicio
En Pablo Morán Abogados te acompañamos en la citación, preparamos las pruebas y valoramos el recurso. Llámanos al 687 96 07 03 o consulta nuestra página de abogado penalista en Madrid.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso debe analizarse de forma individual.
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