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DESPIDO
Impugnación de despidos improcedentes, nulos y objetivos. Calculamos tu indemnización y reclamamos lo que te corresponde. Recuerda: el plazo es de 20 días hábiles.
Pablo Morán Abogados es un despacho con sede en el centro de Madrid especializado en Derecho Laboral. Defendemos los derechos de trabajadores y funcionarios frente a empresas y administraciones: despidos, incapacidades, accidentes de trabajo, reclamaciones de cantidad y mucho más. Con más de 15 años de experiencia, ofrecemos un trato cercano y una defensa rigurosa.
El Derecho Laboral regula la relación entre el trabajador y la empresa, y sus procedimientos tienen plazos muy cortos: por ejemplo, solo dispones de 20 días hábiles para impugnar un despido. Por eso es fundamental contar cuanto antes con un abogado laboralista que analice tu caso y actúe a tiempo.
Impugnación de despidos improcedentes, nulos y objetivos. Calculamos tu indemnización y reclamamos lo que te corresponde. Recuerda: el plazo es de 20 días hábiles.
Incapacidad permanente total, absoluta y gran invalidez. Reclamamos tu pensión ante el INSS y en los tribunales por lesiones o enfermedades que te impiden trabajar.
Determinación de contingencia común o profesional. Conseguimos que tu baja se reconozca como accidente de trabajo o enfermedad profesional cuando corresponde.
Reclamación de salarios y nóminas impagadas, horas extra, pagas y finiquitos. Recuperamos las cantidades que tu empresa te adeuda.
Asesoramiento legal en accidentes de trabajo: indemnizaciones, recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad y reclamación de secuelas.
Los conflictos de trabajo tienen plazos muy cortos y, si se dejan pasar, el derecho se pierde. Estos son los casos más habituales en los que conviene consultar cuanto antes con un abogado laboralista:
Si tienes dudas sobre tu fecha límite, escríbenos o llámanos y la calculamos contigo en la primera consulta.
Además de lo anterior, te ayudamos con el acoso laboral y mobbing, la reclamación de salarios y finiquito, la impugnación de altas médicas, la enfermedad profesional y la determinación de contingencias. Si eres empleado público, consulta nuestra página de abogado de funcionarios.
Tienes 20 días hábiles desde el día siguiente al despido. Es un plazo de caducidad: si lo dejas pasar, pierdes el derecho a impugnarlo. Antes de la demanda hay que presentar la papeleta de conciliación, que suspende el plazo.
Con carácter general, 33 días de salario por año trabajado (con un máximo de 24 mensualidades) por el tiempo trabajado desde el 12 de febrero de 2012, y 45 días por año (con límites) por el período anterior. La empresa puede optar entre readmitirte o indemnizarte (la opción corresponde al trabajador si es representante de los trabajadores). Es una cifra orientativa: la calculamos con tus datos reales.
Sí. Las cantidades impagadas pueden reclamarse durante un año desde que eran exigibles. Si la empresa es insolvente, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) puede abonar parte de lo adeudado, con los límites que fija la ley.
Contra la resolución del INSS cabe reclamación previa y, después, demanda ante el Juzgado de lo Social. Los plazos son de 30 días hábiles en cada fase. Cuanto antes revisemos tu informe médico y tu historial, más opciones tendrás.
Nuestro despacho está en el centro de Madrid, en la calle Modesto Lafuente, pero llevamos asuntos laborales en toda España.
Información orientativa: la normativa y la jurisprudencia cambian y cada caso debe analizarse individualmente.
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