Te lesionas en el trabajo o desarrollas una dolencia por tu actividad y la mutua o el servicio de salud tramita la baja como enfermedad común. Esa calificación puede costarte dinero y derechos, pero se puede discutir ante el INSS y, si hace falta, ante el Juzgado de lo Social.
Por qué importa la calificación
| Aspecto | Enfermedad común | Accidente de trabajo o enfermedad profesional |
|---|---|---|
| Cotización previa | 180 días dentro de los cinco años anteriores (artículo 172) | No se exige ningún período previo |
| Desde cuándo se cobra | Desde el cuarto día de baja; del cuarto al decimoquinto, a cargo del empresario (artículo 173) | Desde el día siguiente al de la baja; el salario íntegro del día de la baja corre a cargo del empresario |
| Cuantía del subsidio | 60 % de la base reguladora del día 4 al 20 y 75 % desde el día 21 | 75 % de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja |
| Recargo de prestaciones | No existe | Del 30 al 50 % si faltaron medidas de seguridad (artículo 164) |
| Indemnización por daños | No, salvo que se acredite el origen laboral | Posible si hubo incumplimiento preventivo (artículo 42 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales) |
Qué es accidente de trabajo y qué enfermedad profesional
La ley presume accidente de trabajo la lesión sufrida durante el tiempo y en el lugar de trabajo, y considera también accidente de trabajo las enfermedades no profesionales que el trabajador contraiga con motivo del trabajo cuando se pruebe que tuvieron por causa exclusiva su ejecución, y la agravación de enfermedades o defectos previos por la lesión (artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social). Enfermedad profesional es la contraída a consecuencia del trabajo en las actividades y por los agentes que recoge el cuadro de enfermedades profesionales (artículo 157). Enfermedad común es la que no es ni una cosa ni la otra (artículo 158).
Señales de que la calificación puede ser errónea
- La lesión apareció durante la jornada o poco después de una tarea concreta.
- Tu puesto implica movimientos repetitivos, cargas, posturas forzadas o exposición a agentes nocivos, y la dolencia es típica de esa actividad.
- Hay compañeros con problemas similares.
- La mutua ha rechazado el origen laboral sin explicar el motivo.
Pruebas que conviene reunir
- Parte de accidente o, si no existe, comunicación escrita del suceso a la empresa.
- Informes médicos de urgencias y de especialistas, con descripción de cómo se produjo la lesión.
- Descripción del puesto, evaluación de riesgos y protocolo de vigilancia de la salud.
- Testigos: compañeros o delegados de prevención.
- Informe pericial médico cuando la relación con el trabajo no es evidente.
Cómo se impugna: determinación de la contingencia
- Pide al INSS que determine la contingencia. El procedimiento puede iniciarse a partir del parte de baja, de oficio o a instancia del trabajador o su representante legal, o de la mutua o la empresa colaboradora. La solicitud debe ir acompañada de toda la documentación necesaria, incluidos los informes y pruebas médicas (artículo 6 del Real Decreto 1430/2009).
- Informe y resolución. El equipo de valoración de incapacidades emite un informe preceptivo y el director provincial del INSS resuelve en el plazo máximo de quince días hábiles desde la aportación de la documentación o del agotamiento de los plazos de alegaciones. Si el procedimiento no lo has iniciado tú, dispones de diez días hábiles para aportar documentos y hacer alegaciones.
- Qué cobras mientras tanto. Si el servicio público de salud emitió el parte como contingencia común, se abona la prestación que corresponda a la común hasta la resolución. Si se declara profesional, la mutua debe pagarte la diferencia a tu favor (artículo 6.3).
- Qué resuelve el INSS: si la contingencia es común o profesional, los efectos en el proceso de incapacidad temporal y quién debe pagar las prestaciones económicas y sanitarias.
- Si la resolución es desfavorable, puede tener los efectos de la resolución de una reclamación previa (artículo 6.8), de modo que lo habitual es demandar ante el Juzgado de lo Social, donde se practica la prueba médica y pericial, dentro del plazo que fije la propia resolución (en general, treinta días). No te demores: los plazos son breves.
Si la mutua considera que la patología es común y te remite al servicio público de salud, debe entregarte un informe médico con el diagnóstico, el tratamiento dispensado y los motivos por los que califica la contingencia como común. Si el médico del servicio público emite entonces el parte de baja por contingencia común, puedes reclamar ante el INSS sobre la contingencia (artículo 3 del Real Decreto 625/2014).
Qué cambia si se reconoce el origen laboral
- El subsidio de incapacidad temporal pasa a ser del 75 % de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja y no se exige período mínimo de cotización.
- Se abre la posibilidad de reclamar el recargo de prestaciones del 30 al 50 % y la indemnización por daños y perjuicios. Lo explicamos en la guía de accidente de trabajo: qué puedes reclamar.
- Si te quedan secuelas, afecta a los requisitos de la incapacidad permanente.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedirlo si ya estoy de alta?
Puede seguir siendo útil, porque la calificación afecta a prestaciones ya percibidas, a una posible incapacidad permanente y a reclamaciones posteriores. Cada caso tiene sus plazos, así que conviene consultar cuanto antes.
¿Puede la mutua negarse a tratarlo como laboral?
La mutua puede considerar inicialmente que la patología es común y remitirte al servicio público de salud, pero debe motivarlo por escrito. La decisión final corresponde al INSS y, después, a los tribunales. Si crees que es laboral, no aceptes la calificación sin consultar antes.
¿Qué pasa con el pago durante el procedimiento?
Si la baja la emitió el servicio público de salud como contingencia común, se paga como común hasta la resolución, y si se declara profesional, la mutua abona la diferencia (artículo 6.3 del Real Decreto 1430/2009).
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Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso debe analizarse de forma individual.
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