Pablo Morán Abogados

Hacienda te ha enviado una paralela: qué es y cómo responder

Recibir una carta de Hacienda con una «paralela» genera inquietud, pero es un procedimiento habitual que tiene respuesta. Lo importante es no dejar pasar los plazos y responder correctamente.

¿Qué es una paralela?

Una «paralela» es una propuesta de liquidación provisional: Hacienda ha revisado tu declaración (normalmente del IRPF) y considera que el resultado debería ser otro, casi siempre a su favor. Antes de exigirte el pago, te da un trámite para que alegues lo que estimes conveniente.

Tienes un plazo corto para alegar

La propuesta abre un trámite de alegaciones de pocos días hábiles (habitualmente entre 10 y 15). Es un plazo breve, así que conviene reaccionar cuanto antes y con la documentación adecuada.

Motivos habituales de una paralela

  • Deducciones aplicadas que Hacienda no admite (vivienda, maternidad, autonómicas).
  • Rendimientos de alquiler, actividades económicas o ganancias patrimoniales.
  • Datos que no cuadran con la información de terceros (bancos, empleadores).

¿Cómo se responde?

  1. Analizamos la propuesta y comprobamos si Hacienda tiene razón o no.
  2. Presentamos alegaciones con la documentación que justifica tu declaración.
  3. Si aun así se dicta liquidación, valoramos el recurso de reposición o la reclamación económico-administrativa ante el TEAR.
  4. Si procede sanción, la recurrimos cuando falta culpabilidad o hay una interpretación razonable de la norma.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar sí o sí?

No necesariamente. Muchas paralelas se corrigen o se anulan con unas buenas alegaciones. Y aunque haya liquidación, cabe recurso.

¿Y si no hago nada?

Hacienda dictará la liquidación por el importe que propone y podrá añadir intereses y, en su caso, sanción. Por eso no conviene ignorar la carta.

Defiende tu declaración con Pablo Morán Abogados

En Pablo Morán Abogados, en Madrid, te defendemos frente a Hacienda con rigor y plazos controlados. Consulta nuestra página de abogado de IRPF y renta o llámanos al 687 96 07 03.

Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso debe analizarse de forma individual.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *