Sufrir acoso laboral (mobbing) desgasta la salud y la vida personal, y además es muy difícil de demostrar porque suele ocurrir sin testigos y de forma gradual. La buena noticia es que hay maneras de documentarlo y de reclamar. En este artículo te explicamos cómo.
¿Qué es el acoso laboral?
Es un conjunto de conductas hostiles, humillantes o de aislamiento, repetidas en el tiempo y dirigidas contra una persona para desgastarla o forzar su salida: quitarle funciones, ignorarla, humillarla en público, cambiar sus turnos de forma arbitraria o exigir cargas imposibles. Una discusión puntual o una orden desagradable pero legítima no es, por sí sola, acoso.
Cómo reunir pruebas
- Diario de hechos: anota fecha, lugar, personas presentes y qué ocurrió, cuanto antes mejor.
- Correos, mensajes y documentos que reflejen órdenes, reproches o cambios de condiciones.
- Testigos: compañeros o clientes que hayan presenciado las conductas.
- Informes médicos y psicológicos que relacionen tu ansiedad o depresión con el trabajo.
- Comunicaciones por escrito a la empresa, a los representantes de los trabajadores o al servicio de prevención.
Ojo con las grabaciones: grabar una conversación en la que participas es una prueba admitida en muchos casos, pero conviene que un abogado valore cómo y cuándo usarla.
Qué vías tienes
- Denuncia ante la Inspección de Trabajo.
- Demanda de tutela de derechos fundamentales para que cese el acoso y se reconozca una indemnización por daños morales.
- Extinción del contrato por el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, con indemnización equivalente a la del despido improcedente. No dimitas sin asesorarte: podrías perder derechos.
- Vía penal, en los casos más graves.
¿Y si la empresa me despide después de denunciar?
Un despido como represalia puede ser declarado nulo, con readmisión y abono de salarios. Por eso es importante documentar la fecha de cada denuncia y la reacción de la empresa.
Preguntas frecuentes
¿Qué indemnización puedo reclamar?
Daños morales y, si hay daños a la salud, daños y perjuicios. Los tribunales suelen tomar como referencia las sanciones de la LISOS. La cifra depende de la gravedad y la duración del acoso.
¿Cuánto tiempo tengo?
Depende de la vía (de 20 días hábiles a un año). Si crees que sufres acoso, consulta cuanto antes.
Si sufres acoso en el trabajo, consúltanos
En Pablo Morán Abogados, despacho laboralista en Madrid, estudiamos tu caso con total confidencialidad y te decimos qué opciones tienes. Llámanos al 687 96 07 03 o consulta nuestra página de abogado de acoso laboral en Madrid.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso debe analizarse de forma individual.
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