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Escritorio con portátil y cuaderno: modificación sustancial de las condiciones de trabajo en Madrid

Modificación sustancial de condiciones de trabajo: cuándo puedes reclamar

Si tu empresa te ha comunicado un cambio importante en tu horario, tu salario o tus funciones sin tu acuerdo, es posible que se trate de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, que la ley regula y limita.

¿Qué es una modificación sustancial?

Es un cambio relevante en aspectos esenciales de tu relación laboral: jornada, horario, sistema de remuneración, funciones (cuando exceden la movilidad funcional ordinaria) o el sistema de trabajo. No cualquier cambio lo es: tiene que afectar de forma sustancial a tus condiciones, no un simple ajuste organizativo menor.

¿Puede la empresa imponerlo sin más?

No de cualquier manera. La empresa debe basarse en razones económicas, técnicas, organizativas o de producción justificadas, y seguir un procedimiento: comunicación con preaviso (habitualmente 15 días) y, en el caso de modificaciones colectivas, un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores.

¿Qué puedes hacer si no estás de acuerdo?

  • Impugnar la medida ante el Juzgado de lo Social si consideras que no está justificada o no se ha seguido el procedimiento correcto.
  • En determinados supuestos (traslado que exige cambio de residencia, o ciertas modificaciones sustanciales muy graves), la ley te permite rescindir el contrato con indemnización en lugar de aceptar el cambio.
  • Seguir trabajando bajo protesta mientras se resuelve la impugnación, sin que eso signifique aceptar la medida.

Preguntas frecuentes

¿Cualquier cambio de horario es una modificación sustancial?

No. Un ajuste puntual o menor suele entrar dentro del poder de organización normal de la empresa. Hay que valorar la magnitud real del cambio.

¿Qué plazo tengo para reclamar?

Los plazos para impugnar son cortos; conviene consultar en cuanto recibas la comunicación de la empresa, sin esperar.

Defiende tus condiciones con Pablo Morán Abogados

En Pablo Morán Abogados, en el centro de Madrid, revisamos si el cambio que te impone tu empresa es ajustado a derecho. Consulta nuestra página de derecho laboral o llámanos al 687 96 07 03.

Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso debe analizarse de forma individual.

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