Si te han detenido o citado a declarar en el juzgado de guardia por un delito de poca gravedad, es probable que se tramite por el juicio rápido (enjuiciamiento rápido de determinados delitos). Todo ocurre en muy pocos días, por lo que conviene saber qué te juegas desde el principio.
Qué es y cuándo procede
La Ley de Enjuiciamiento Criminal lo prevé para delitos castigados con pena de prisión de hasta cinco años (o con otras penas de hasta diez años de duración) cuando el procedimiento se inicia por un atestado policial y, además:
- hay una persona detenida o citada a comparecer ante el juzgado de guardia,
- se trata de un delito flagrante,
- o se trata de determinados delitos: lesiones, violencia doméstica o de género, hurto, robo, delitos contra la seguridad vial, daños, delitos contra la propiedad intelectual o industrial…
- o la instrucción es presumiblemente sencilla.
Son típicos los casos de alcoholemia, los hurtos, los robos de menor entidad y los delitos de violencia doméstica.
Cómo funciona
- Atestado policial y puesta a disposición del juzgado de guardia.
- Declaración ante el juez, con asistencia de abogado.
- Escrito de acusación del fiscal o de la acusación particular, en el mismo juzgado de guardia.
- Conformidad, si el acusado la acepta, o juicio oral ante el juzgado de lo penal en un plazo muy breve.
- Sentencia y posible recurso.
La conformidad: qué implica
La conformidad es el reconocimiento de los hechos y la aceptación de la pena que pide la acusación. En el juicio rápido, si se presta ante el juzgado de guardia, la pena solicitada se reduce en un tercio. Es una vía rápida, pero tiene consecuencias importantes:
- La sentencia es firme, con antecedentes penales si hay condena.
- Incluye la responsabilidad civil (indemnizaciones).
- Puede afectar a tu trabajo, a licencias, al permiso de conducir o, si eres extranjero, a tu situación administrativa.
- Si la pena de prisión es inferior a dos años y se cumplen los requisitos, puede valorarse su suspensión.
Qué valorar antes de aceptar
- Si las pruebas de la acusación son suficientes o hay motivos para discutirlas.
- La diferencia entre la pena conformada y la que podría imponerse tras un juicio.
- Los antecedentes y circunstancias personales.
- Las consecuencias laborales, administrativas y familiares.
Tus derechos
Tienes derecho a asistencia letrada y a no declarar contra ti mismo ni confesarte culpable. Consulta tus derechos si te detienen y qué hacer si te citan como investigado.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda un juicio rápido?
Mucho menos que un procedimiento ordinario: el trámite en el juzgado de guardia es de horas o días, y el juicio, si no hay conformidad, se celebra en pocas semanas.
¿Puedo cambiar de opinión después de la conformidad?
Es muy difícil: una vez prestada y dictada la sentencia conforme, solo caben recursos en supuestos limitados. Por eso se decide con asesoramiento.
¿Qué pasa si no me presento al juicio?
Dependiendo del caso, el juicio puede celebrarse en tu ausencia o dictarse una orden de busca. No dejes de comparecer.
Asistencia penal desde el primer momento
En Pablo Morán Abogados te asistimos en el juzgado de guardia y te ayudamos a decidir si conviene la conformidad. Llámanos al 687 96 07 03 o consulta nuestra página de abogado penalista en Madrid.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso debe analizarse de forma individual.
¿Necesitas ayuda profesional? Consulta nuestro servicio de abogado penalista en Madrid y pide tu primera consulta sin compromiso.



