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Álbum de fotografías antiguas de familia: primeros pasos con la herencia al fallecer un familiar, abogado en Madrid

Fallece un familiar: primeros pasos con la herencia y plazos que no puedes olvidar

La pérdida de un familiar es un momento difícil, y además hay trámites y plazos que conviene conocer. Esta guía resume los primeros pasos con la herencia.

Primeros trámites

  1. Certificado de defunción (Registro Civil).
  2. Certificado de últimas voluntades (Ministerio de Justicia), a partir de 15 días hábiles del fallecimiento, que indica si hay testamento y ante qué notario se otorgó.
  3. Certificado de seguros de vida si existen pólizas.
  4. Testamento: copia autorizada en la notaría. Si no hay, hay que tramitar la declaración de herederos ab intestato.

Aceptar o repudiar la herencia

Los herederos pueden aceptarla (pura y simplemente o a beneficio de inventario, que limita la responsabilidad por deudas) o repudiarla. Si hay deudas importantes o dudas sobre el patrimonio, conviene decidir con asesoramiento.

Partición de la herencia

Se reparten los bienes entre los herederos según el testamento o la ley, respetando la legítima de los herederos forzosos. Si hay desacuerdo, puede ser necesario acudir al juzgado. Revisa también nuestra guía sobre cómo reclamar la legítima.

Impuestos y plazos

  • Impuesto de Sucesiones: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6 si se solicita dentro del plazo. En la Comunidad de Madrid existe una bonificación importante para determinados parientes (consulta nuestra guía sobre el Impuesto de Sucesiones en Madrid).
  • Plusvalía municipal si hay inmuebles: 6 meses desde el fallecimiento.
  • Declaración de la renta del fallecido: según las reglas del IRPF para el ejercicio en que se produce el fallecimiento.

Preguntas frecuentes

¿Puedo disponer de la cuenta bancaria del fallecido?

El banco bloqueará las cuentas al conocer el fallecimiento. Se desbloquean tras acreditar la condición de heredero y pagar o liquidar los impuestos que correspondan.

¿Qué pasa si un heredero no quiere repartir?

Cualquier heredero puede pedir la partición. Si no hay acuerdo, se acude a un procedimiento judicial de división de herencia.

Te acompañamos en la herencia

En Pablo Morán Abogados te ayudamos con la aceptación, la partición y los conflictos entre herederos. Llámanos al 687 96 07 03 o consulta nuestra página de abogado de herencias en Madrid.

Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso debe analizarse de forma individual.

¿Necesitas ayuda profesional? Consulta nuestro servicio de abogado experto en derecho civil en Madrid y pide tu primera consulta sin compromiso.

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