Sufrir un accidente laboral no solo da derecho a las prestaciones de la Seguridad Social. Cuando el accidente se debió a una falta de medidas de seguridad, puedes reclamar además una indemnización y un recargo que paga la empresa.
Qué puedes reclamar tras un accidente de trabajo
- Prestaciones de la Seguridad Social: baja por incapacidad temporal y, si quedan secuelas, incapacidad permanente.
- Recargo de prestaciones: si la empresa incumplió la normativa de prevención, la Seguridad Social puede imponerle un recargo (de un 30 % a un 50 %) sobre las prestaciones, que abona la empresa.
- Indemnización por daños y perjuicios: por el daño físico, moral y económico sufrido, que se reclama frente a la empresa (y su aseguradora) cuando hubo culpa o falta de medidas.
¿Qué debes hacer?
- Asegúrate de que el parte refleja que fue accidente de trabajo (también los ocurridos al ir o volver del trabajo, los «in itinere»).
- Guarda partes médicos, el parte de accidente y datos de testigos.
- Consulta con un abogado laboralista para valorar el recargo y la indemnización.
¿De cuánto puede ser la indemnización?
Se calcula según las secuelas, los días de baja y su impacto, tomando como referencia baremos de valoración del daño. Cada caso es distinto; hacemos una estimación tras revisar los informes médicos.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden despedir por reclamar?
Un despido como represalia por reclamar tus derechos puede ser nulo. No debe frenarte a la hora de reclamar lo que te corresponde.
¿Y si soy autónomo?
También existen coberturas y responsabilidades según el caso; conviene analizarlo.
Reclama por tu accidente laboral con Pablo Morán Abogados
En Pablo Morán Abogados, en Madrid, reclamamos el recargo y la indemnización que te corresponden por tu accidente de trabajo. Consulta nuestra página de accidente de trabajo o llámanos al 687 96 07 03.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso debe analizarse de forma individual.